Subasta electrónica

AutorAlberto Palomar (Magistrado de lo contencioso-administrativo) y Javier Fuertes (Magistrado)

La subasta electrónica es el sistema que, a través de un proceso electrónico repetitivo, permite la valoración de ofertas económicas mediante la presentación de mejoras en los precios o de nuevos valores relativos a determinados elementos de las ofertas que las mejoren en su conjunto.

Contenido
  • 1 Desarrollo del concepto y requisitos de la subasta electrónica
  • 2 Ámbito de aplicación de la subasta electrónica
    • 2.1 Supuestos en los que está permitido el uso de la subasta electrónica
    • 2.2 Supuestos en los que no está permitido el uso de la subasta electrónica
  • 3 Criterios de la subasta electrónica
  • 4 Cierre de la subasta electrónica
  • 5 Ver también
  • 6 Recursos adicionales
    • 6.1 En doctrina
    • 6.2 En dosieres legislativos
  • 7 Legislación básica
Desarrollo del concepto y requisitos de la subasta electrónica

La subasta electrónica no es un procedimiento, sino un sistema para la valoración y obtención de la oferta más ventajosa, que puede ser utilizado en el procedimiento de contratación.

El art. 143.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP/2017) define la subasta electrónica como sistema para determinar el adjudicatario de un contrato público :

“articulada como un proceso electrónico repetitivo, que tiene lugar tras una primera evaluación completa de las ofertas, para la presentación de mejoras en los precios o de nuevos valores relativos a determinados elementos de las ofertas que las mejoren en su conjunto, basado en un dispositivo electrónico que permita su clasificación a través de métodos de evaluación automatizados, debiendo velarse por que el mismo permita un acceso no discriminatorio y disponible de forma general, así como el registro inalterable de todas las participaciones en el proceso de subasta.

Para que el órgano de contratación pueda recurrir a una subasta electrónica es preciso que así lo indique en el anuncio de licitación e incluir en el pliego de condiciones, como mínimo, la siguiente información:

1) Los elementos objetivos a cuyos valores se refiera la subasta electrónica.

2) En su caso, los límites de los valores que podrán presentarse, tal como resulten de las especificaciones relativas al objeto del contrato.

3) La información que se pondrá a disposición de los licitadores durante la subasta electrónica y, cuando proceda, el momento en que...

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