Expediente de contratación

AutorAlberto Palomar (Magistrado de lo contencioso-administrativo) y Javier Fuertes (Magistrado)

El expediente de contratación de los contratos del sector público es el conjunto ordenado de documentos y actuaciones en el que se contienen todas las diligencias encaminadas a la adjudicación y ejecución del contrato ( art. 70.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPA/2015) y art. 116.1 del Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP/2017) ).

Contenido
  • 1 Expediente de contratación ordinario
    • 1.1 Iniciación del expediente de contratación
    • 1.2 Contenido del expediente de contratación
    • 1.3 Aprobación del expediente de contratación
  • 2 Expediente de contratación en los contratos menores
  • 3 Expediente de contratación en la tramitación urgente
  • 4 Expediente de contratación en la tramitación de urgencia
  • 5 Ver también
  • 6 Recursos adicionales
    • 6.1 En dosieres legislativos
  • 7 Legislación básica
  • 8 Legislación citada
  • 9 Jurisprudencia citada
Expediente de contratación ordinario Iniciación del expediente de contratación

La celebración de cualquier contrato del sector público requiere de la tramitación previa del correspondiente expediente ( art. 116.1 LCSP/2017 ).

El expediente, que habrá de ser iniciado por el órgano de contratación , requiere:

  • Motivación de la necesidad del contrato.

Lo que determina la justificación de su idoneidad en relación al cumplimiento de los fines públicos que esa entidad pública contratante tiene encomendados y que, en relación con el contrato que se pretende celebrar, hay que entender como la adecuación y necesidad para la consecución de esos fines.

  • Publicación en el perfil del contratante.

Téngase en cuenta, en este sentido, que el art. 63.3 LCSP/2017 establece la información relativa a los contratos que deberá publicarse en el perfil del contratante.

Contenido del expediente de contratación

El expediente de contratación deberá contener ( art. 116 LCSP/2017 ):

En caso de que el procedimiento sea el diálogo competitivo serán sustituidos por el correspondiente documento descriptivo (previsto en el art. 174.1 LCSP/2017 ).

En el caso de procedimientos para adjudicar los contratos basados en acuerdos marco invitando a una nueva licitación a las empresas parte del mismo, serán sustituidos por el documento de licitación (previsto en el art. 225.1 último párrafo LCSP/2017 ).

Sobre esta concreta cuestión, la Sentencia 23/2016 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 25 de enero de 2016 [j 1] ha considerado:

No todos los vicios o infracciones cometidos en la tramitación de un expediente tienen entidad jurídica suficiente para amparar una pretensión anulatoria por causa formal, dado que la nulidad de las actuaciones administrativas solo debe estimarse ante gravísimas infracciones del procedimiento que impidan el nacimiento del acto administrativo o produzca la indefensión de los administrados.
  • El certificado de existencia de crédito o, documento equivalente que acredite la existencia de financiación, y la fiscalización previa de la intervención.

Como norma especial para los supuestos en los que la financiación del contrato ha de realizarse con aportaciones de distinta procedencia, se establece que se tramitará un solo expediente por el órgano de contratación al...

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